Uruguay cuenta con un régimen operativo que facilita la donación de alimentos aptos para el consumo humano. La Ley N.º 20.177 y su reglamentación ofrecen un marco claro para que las empresas del sector alimentario donen a entidades sin fines de lucro habilitadas.
Entre los beneficios previstos se encuentran la deducción en IRAE dentro de los límites legales, la deducción total del IVA compras asociado al costo de los alimentos, la tasa del 0 % de IMESI para determinados productos y el no pago de IMEBA por los bienes donados.
Desde el Banco de Alimentos participamos activamente en la elaboración de la ley y de su decreto reglamentario, aportando nuestra experiencia técnica y operativa. Este avance permite que más alimentos lleguen de forma segura y ordenada a quienes los necesitan.
Agradecemos a las instituciones y equipos que hicieron posible este nuevo marco. Es un paso importante para reducir el desperdicio y fortalecer la solidaridad en nuestro país.
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Marzo, 2026
